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Inician educacion vial con funcionarios de #Oxkutzcab

El ayuntamiento iniciara una campaña permanente de Educación Vial, inculcando a sus,
directores, funcionarios y empleados a respetar las normas de vialidad y tránsito,
para dar el ejemplo a la ciudadanía y tener una sociedad educada, ordenada y
segura. 


Los objetivos de este nuevo plan en busca de una mejor disposición vial en el municipio,
se dio a conocer esta mañana en una plática con funcionarios municipales organizado
por la Dirección de Educación y Seguridad Pública y Tránsito de Oxkutzcab, avalado
por la sindica del municipio Jesica Vázquez Pérez. 
Actividad que fue encabezado por el alcalde Juan José Martin Fragoso, quien indico que se
llevara una campaña permanente de educación vial, para que realmente cambie el
sistema vial del municipio. 
Y que mejor forma de empezar en casa inculcando a los funcionarios municipales, empleados
de todos los departamentos a respetar las disposiciones viales. 
E hizo un hincapié a todo empleado del municipio a no utilizar el teléfono mientras se conduce, no
manejar algún vehículo en estado inconveniente, los funcionarios deben de dar
el ejemplo a la ciudadanía; para que haiga una calidad moral para sancionar alguna
infracción. 


De acuerdo al Reglamento de la Ley Transito y Vialidad del Estado de Yucatán, el ayuntamiento
sancionara las siguientes disposiciones: 
Se prohíbe la circulación en la vía pública a los vehículos que emitan sonidos fuertes de más
de 90 decibeles, artículo 70 fracción X. 
Se prohíbe a los conductores y pasajeros arrojar basura desde cualquier vehículo estando en
movimiento, articulo 156. 
Al peatón debe de obedecer la indicación del agente de tránsito o semáforo para atravesar la vía
publica; debe de transitar por la aceras o banquetas y utilizar los pasos
peatonales que existan y ayudar a las personas con discapacidad, articulo 169 fracción
I, II, III y VIII. 
Los conductores tienen prohibido utilizar durante la conducción dispositivos de telefonía móvil,
están obligados a respetar los límites generales de velocidad, articulo 235. 
Se exhorta a no permitir la conducción de vehículos motorizados a menores de 16 años, articulo
289. 
Los conductores como pasajeros de vehículos menores motorizados, tendrán la obligación
de portar casco protector, articulo 290. 
Respetar los señalamientos de transito como altos, topes, semáforos y sentidos de las calles,
artículo 312. 
Queda prohibido transitar en estado de ebriedad y bajo efecto de estupefacientes(drogas),
artículos 328 y 332. 

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